
Nuevas iniciativas parlamentarias sobre animales de estima reflejan cambios culturales que merecen reconocimiento institucional. Sin embargo, su tratamiento abre una discusión más amplia sobre los alcances y límites de una mirada todavía centrada en los intereses humanos.
La reciente presentación de dos proyectos de ley sobre los animales de estima en el Parlamento uruguayo plantea la necesidad de reflexionar sobre la orientación que están adoptando las políticas públicas en esta materia.
El primer proyecto, presentado en mayo por el diputado Felipe Schipani, del Partido Colorado, propone habilitar la sepultura conjunta de personas y sus perros o gatos “de compañía”1 en cementerios públicos y privados.
En su exposición de motivos, señala que para “una enorme cantidad de ciudadanos” las “mascotas” no son meros bienes, sino integrantes del núcleo afectivo más íntimo y que la muerte no debería “desconocer ese lazo humano-animal”. Más adelante se indica que la propuesta recoge una sensibilidad moderna que deja atrás “visiones puramente utilitarias de los animales”.
La segunda iniciativa, ingresada en junio por el diputado Luis Pérez Álvarez, también del Partido Colorado, busca incluir en el régimen general de trabajo una licencia remunerada por la muerte de un animal “de compañía”.
En la justificación, se afirma que el duelo por la muerte de un animal “de compañía” tiene un impacto real en la vida emocional de las personas trabajadoras y que el derecho laboral debe adaptarse a la realidad de los “hogares multiespecie”. A su vez, vincula la propuesta a la tradición humanista del país y cita como antecedente la prohibición de las corridas de toros a comienzos del siglo XX, presentada como una expresión temprana de sensibilidad hacia los animales y de progreso social.
Ambos proyectos tienen un valor central: reconocen que la relación entre los seres humanos y los demás animales ha cambiado profundamente en las últimas décadas y que esa transformación social merece encontrar expresión en las instituciones y en el derecho. Si bien lo hacen únicamente respecto de los animales de estima, incorporan al debate público una realidad cada vez más presente en la sociedad.
El concepto de familia multiespecie, por ejemplo, surge para describir una realidad cada vez más extendida: familias integradas por individuos de distintas especies unidos por relaciones de cuidado, responsabilidad y apego emocional. Desde esa perspectiva, estas propuestas abren el debate sobre cómo incorporar a las políticas públicas realidades que ya forman parte de la vida cotidiana.
Sin embargo, no puede pasarse por alto que ambas iniciativas comparten una característica no menor: están concebidas desde una perspectiva marcadamente antropocéntrica. En ambos casos, el foco se encuentra en las necesidades, emociones o derechos de los seres humanos frente a la pérdida de un animal que ya ha muerto.
Esto plantea una interrogante interesante: ¿por qué el derecho podría reconocer una licencia laboral por el duelo ocasionado por la muerte de un animal de estima, pero no contemplar una ausencia destinada a acompañar un tratamiento veterinario, una cirugía o un proceso de recuperación de ese mismo animal cuando aún está vivo?
En el primer caso, el beneficio recae exclusivamente sobre el humano; en el segundo, la medida podría contribuir directamente al bienestar del animal no humano. La comparación permite advertir que incluso cuando se reconoce la importancia de estos vínculos, la discusión continúa centrada en los intereses humanos.
Además, el reconocimiento jurídico aparece condicionado por la cercanía afectiva entre los humanos y determinadas especies, mientras millones de otros animales igualmente capaces de sentir y sufrir permanecen fuera de la discusión y de cualquier consideración similar.
Es previsible que los primeros avances legislativos en torno al vínculo entre los humanos y otros animales adopten este enfoque antropocéntrico. Aun así, estas iniciativas pueden constituir un valioso punto de partida, ya que invitan a abrir debates más amplios sobre el lugar que ocupan los animales no humanos en nuestra sociedad y sobre la necesidad de construir marcos normativos que contemplen no solo los intereses humanos, sino también los intereses y el bienestar de los demás animales.
Por esta razón, sería deseable que ambos proyectos prosperen en su trámite parlamentario y contribuyan a enriquecer una discusión cada vez más necesaria.
Al mismo tiempo, entendemos que su discusión debería contribuir a destrabar el tratamiento de otras iniciativas, claramente más urgentes, que permanecen sin avances en el Parlamento. Entre ellas se encuentran la tipificación penal del maltrato animal y la prohibición de la sangría de yeguas, dos medidas ampliamente respaldadas por la sociedad que buscan reforzar la protección de los animales frente a formas de explotación y sufrimiento incompatibles con los avances éticos de nuestro tiempo.
- Preferimos la expresión “animales de estima“, por considerar que destaca el vínculo de afecto mutuo entre humanos y animales no humanos, a diferencia de “animales de compañía“, que pone el acento en una función o utilidad del animal no humano. Por ese motivo, las expresiones “animales de compañía“ y “mascotas“ se mantienen entrecomilladas cuando reproducen los términos utilizados por los parlamentarios. ↩︎



